En el complejo ecosistema de las políticas públicas educativas de América Latina, el equilibrio entre garantizar el derecho universal a la educación y mantener un clima de convivencia seguro en las aulas representa, hoy en día, uno de los mayores desafíos para los equipos de gestión directiva. Frente a una escalada de incidentes que tensionan la dinámica escolar, el Ministerio de Educación del Perú (Minedu) ha dado a conocer que se encuentra estudiando y elaborando un conjunto de medidas normativas diseñadas para otorgar a los directores y docentes el respaldo legal necesario para actuar con firmeza y celeridad.
El anuncio fue realizado recientemente por el titular de la cartera educativa, José Antonio Chang Escobedo, durante su presentación en la Comisión Bicameral de Presupuesto y Cuenta General de la República. La iniciativa gubernamental aborda dos de las problemáticas que más desgastan el liderazgo de los equipos de conducción en las escuelas públicas y privadas: la violencia escolar grave (física y psicológica) y la disrupción constante generada por el uso no regulado de dispositivos móviles en horario lectivo.
La recuperación de la autoridad directiva: un nuevo paradigma sancionatorio
Históricamente, los marcos normativos en la región han tendido a priorizar la retención escolar de todos los estudiantes, limitando severamente la capacidad de los directores para separar a alumnos involucrados en faltas graves de agresión. Esta visión, si bien garantista en su origen, ha generado en la práctica un efecto colateral preocupante: la revictimización del estudiante agredido, quien a menudo se ve obligado a compartir el mismo espacio físico y pedagógico con su agresor.
El ministro Chang hizo referencia explícita a casos dramáticos recientes, como los reportados en el Colegio Liceo Naval, para argumentar la necesidad de un giro en la política de convivencia. “No podemos tener a un agresor al costado del agredido”, sentenció el funcionario. La normativa en estudio propone facultar a las autoridades de los centros educativos para que puedan imponer sanciones escalonadas en función de la gravedad de la falta disciplinaria, permitiendo la intervención directa para salvaguardar la integridad de la comunidad.
Desde la perspectiva de la gestión escolar, el elemento más innovador e importante de esta propuesta radica en su abordaje jurídico del derecho a la educación. La separación del alumno agresor del entorno escolar regular no se traducirá en una expulsión excluyente del sistema educativo, lo cual vulneraría preceptos constitucionales. En su lugar, el Minedu contempla que el estudiante sancionado sea derivado a un Centro de Educación Básica Alternativa (CEBA) o continúe sus estudios bajo una modalidad remota.
Este enfoque dual —proteger a la víctima de manera inmediata y mantener al agresor dentro del sistema bajo un esquema distinto— ofrece a los directivos una herramienta de resolución de conflictos que hasta ahora carecía de viabilidad legal y procedimental. Para asegurar que la formulación de esta norma sea integral, el Minedu ha convocado al Colegio de Psicólogos del Perú y a diversos especialistas para garantizar un enfoque preventivo y de atención profesional, evitando que la medida adquiera un cariz exclusivamente punitivo.
Reglamentación de dispositivos móviles: hacia la recuperación del foco cognitivo
De manera paralela a la gestión de la violencia física, el Minedu se encuentra trabajando en la reglamentación del uso de dispositivos móviles en las escuelas. El ministro recordó que, si bien existe una ley promulgada en el año 2025 que restringe la presencia de estos aparatos en las instituciones educativas, la falta de un reglamento técnico ha impedido su aplicación efectiva, dejando a los directivos en un vacío legal a la hora de actualizar sus Reglamentos Internos (RICE).
La urgencia de esta reglamentación responde a una crisis global de atención. La hiperconectividad en las aulas no solo fragmenta la concentración necesaria para el aprendizaje profundo, sino que actúa frecuentemente como catalizador o canal de amplificación para el ciberacoso. Chang inscribió esta medida en una tendencia regulatoria internacional, citando como referencia a la Unión Europea, donde los marcos normativos sobre el acceso a pantallas y redes sociales son cada vez más estrictos según la etapa de desarrollo cognitivo de los menores.
El horizonte normativo que plantea el Minedu es claro: en las etapas iniciales de escolaridad, la exposición a pantallas debe ser nula o mínima, y durante la educación básica regular, el acceso a dispositivos o redes debe estar estrictamente supervisado, privilegiando siempre un fin académico bajo la tutela del docente o la familia.
Implicancias institucionales para la gestión escolar
Para los líderes educativos peruanos, y como un modelo de observación para el resto de la región iberoamericana, la concreción de estos marcos normativos significará un punto de inflexión. Sin embargo, la promulgación de la norma desde el nivel central es solo el primer paso. El verdadero desafío de la gobernanza radicará en la implementación de estas disposiciones al interior de cada centro educativo.
En primer lugar, los equipos directivos deberán liderar un proceso de actualización exhaustiva de sus normativas de convivencia institucionales. Los protocolos de atención a la violencia deberán incorporar los nuevos mecanismos de separación preventiva y escalonada, asegurando el debido proceso y la transparencia hacia las familias.
En segundo lugar, se requerirá un profundo trabajo de «corresponsabilidad familiar». Como bien señaló el ministro de Educación al hacer un llamado a los padres de familia, la escuela no puede, por sí sola, revertir los déficits de formación en valores ni gestionar de manera aislada los hábitos de consumo digital de los menores. Las políticas de restricción de dispositivos móviles exigen un pacto social entre la escuela y el hogar para ser sostenibles.
Finalmente, este andamiaje normativo precisará de un soporte estructural. En ese sentido, es pertinente señalar que el Minedu ha proyectado un incremento presupuestal para el año 2027 (alcanzando los S/49 068 millones para la función educación) orientado, entre otros factores, a mejorar la conectividad, capacitar a los docentes y asegurar el mantenimiento de los espacios educativos. Para que la nueva política de convivencia escolar funcione, las modalidades alternativas (como los CEBA) y los equipos de apoyo psicológico deberán contar con el financiamiento necesario para absorber y tratar de manera efectiva a la población estudiantil que sea derivada por medidas disciplinarias.
El escenario que se abre en Perú refleja una maduración en el debate sobre el clima escolar: el reconocimiento de que la defensa del bienestar emocional y físico de la mayoría de los estudiantes requiere, ineludiblemente, dotar a las escuelas de mecanismos reales de autoridad, contención y sanción formativa.
